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Sección Actos Notariales, dispone de todos los modelos de Actos Notariales de mayor uso en el ejercicio del Derecho, como son: poderes especiales, testamentos, declaraciones juradas, compulsa, actos de donaciones, etc.
Estan clasificados por temas. Para Abogados es una herramienta fundamental para la satisfacción de sus clientes, y también un ahorro de tiempo en la elaboración de cualquier Acto.
Puede buscar el Acto Notarial de su interés usando nuestro Buscador Especializado de Actos, con solo digitar una palabra del tema.
Para descargar Online desde su casa u oficina cualquier Contrato de su interes, suscribase como  Usuario Premium.  Tambien puede comprar sin suscribirse los actos que necesite.
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Lo mas Popular en la Seccion de Actos NotarialesEnlaces Patrocinados
1.-Actos Notariales sobre Hipotecas, Hipoteca por Autorizacion del Consejo de Familia, Radiacion de Hipoteca Pesona Fisica, Radiacion de Hipoteca Pesona Moral.
2.-Actos Notariales sobre Poderes, Poder Especial, Poder para ejecutar una Hipoteca, Poder para Embargo Inmobiliario, Poder para establecer si el Conyugue Vive o no, Poder para Vender un Inmueble.
3.-Actos Notariales sobre Testamentos, Testamento Mistico, Testamento Publico o Autentico, Particion Ascendiente Testamentaria, Deposito por el Secretario de un Testamento Olografo.
4.-Declaraciones Juradas, Declaracion Jurada Obra Inedita, Declaracion de Bienes ley 82-79, Declaracion de Paternidad, Derecho de propiedad, mejora en terrenos del Estado, Promesa Porte-Fort, Declracion del Propietario de Inmueble Alquilado, Declaracion Jurada Retiro de Querella.
5.-Actos Notariales sobre Donaciones, Donacion con exclusion, Donaciones entre esposos, Donaciones entre Vivos, Actos de Donacion en General.
6.-Actos Notariales sobre Sucesiones, Acto de Notoriedad, Declaracion Jurada de Bienes Sucesorales, Poder para Redactar Acto de Notoriedad, Renuncia al Ejercicio de Accion en Particion de una Sucesion, Venta de Derechos Sucesorales.
7.-Actos Notariales sobre Garantias de Deudas, Aceptacion y Reconocimiento de Deuda, Acto Aval de Garantia, Oposicion a Pago.



Tips de Interes sobre Actos Notariales en Republica Dominicana
Actos Notariales.  Son los actos otorgados ante Notarios, a los cuales se les quiera dar caracter de autenticidad, de acuerdo con el articulo 1 de la ley sobre Notarios No. 302. El articulo 1317 del Codigo Civil establece que "es acto autentico el que ha sido otorgado por ante oficiales publicos, que tienen derecho de actuar en el lugar donde se otorgo el acto, y con las solemnidades requeridas por la ley.
Entre los requisitos que indica la ley 302 sobre Notarios tenemos: el acto debe ser escrito en un mismo contexto en el anverso y reverso de la hoja de papel, no pueden tener abreviaturas, espacios en blancos ni intervalos, contendran las generales de los comparecientes y testigos, las fechas y cantidades se expresan en letras, debe hacerce mencion que ha sido leida a las partes, entre otras.
Los Notarios son nombrados por la Suprema Corte de Justicia, y tienen jurisdiccion territorial.

Clasicos del Derecho..Seccion Actos Notariales
Obligaciones Legales y Contractuales,  El deudor está obligado a cumplir con la prestación debida. Estaría desprovista de toda trascendencia una obligación a cuyo cumplimiento pudiera sustraerse el deudor.
El principio es cierto para todas la obligaciones extracontractuales, porque nacen de la ley; son la obligaciones legales stricto sensu. Nadie, salvo el acreedor, podría dispensar, pues, al deudor de cumplir con una obligación impuesta por el legislador. La jurisprudencia ha admitido tan solo que el juez puede otorgar algunos plazos al deudor de una obligación extracontractual; aunque el artículo 1244 del Código Civil, que prevé la concesión de un termino de gracia, no hace ninguna distinción según la fuente de la obligación. Por lo tanto, cae dejar de lado, en el examen de la fuerza del vinculo obligatorio, las obligación extracontractuales.
Derecho Indirecto del Beneficiario,  El artículo 1165 del Código Civil presenta la estipulación a favor de tercero como una excepción al efecto relativo de los contratos.
Por lo tanto, es preciso resolver que el contrato produce efecto con respecto al tercero beneficiario; o sea, que el prometiente se encuentra vinculado directamente al tercero beneficiario; este, sin ser parte en el contrato, ni causa habitante de una de las partes, se convierte en acreedor.
Ese efecto de la estipulación a favor de tercero, que no fue reconocido sin dificultad, no se discute ya hoy. El beneficiario se convierte en acreedor por efecto del contrato; por consiguiente, desde el día de la formación del contrato.
A partir de ese instante, e incluso antes de que haya aceptado la estipulación, tiene derecho de crédito contra el prometiente.
Acción Directa,  Gracias a la estipulación a favor de tercero, esta adquiere un derecho directo y una acción directa contra una de los contratantes: el prometiente. Ese derecho directo surge de la voluntad, del estipulante y del prometiente, de convertir en acreedor al tercero.
En alguna hipótesis excepcional, el derecho directo del tercero contra una de los contratantes se origina fuera de la voluntad de este último; es la ley la que lo confiere. El legislador ha querido, en ciertos casos, que un acreedor pueda demandar directamente al deudor de su deudor.
Esta acción directa no debe confundirse con la acción oblicua, que es aquella por la cual el acreedor de un deudor negligente intenta, en nombre de su deudor y por cuenta de todos los acreedores, las acciones que el deudor no se toma la molestia de ejercitar.
Efecto y Oponibilidad de la Contraescritura,  Entre las partes contratantes, el único acto, después del contrato, que produce efecto es la contraescritura, por ser los únicos que la han estipulado. Excepcionalmente, en materia de cesiones de oficios ministeriales, por motivo de orden público; en materia de compraventa de inmuebles y de fondos de comercio, por motivos de orden fiscal, las partes están vinculadas por el acto ostensible cuando han querido disimular el precio; por lo tanto, el comprador podrá limitarse a pagar el precio ficticio declarado en el acto aparente. Las causahabitantes universales, como representantes de las partes, están obligados por la contraescritura otorgada por su causante. Por el contrario, en principio, la contraescritura no surte efecto alguno y no es oponible frente al tercero. Pueden descartar la contraescritura e invocar el acto aparente, o alegar la contraescritura.
Simulación y Contraescritura,  La simulación es la operación por la cual se crea una situación jurídica aparente que difiere de la situación jurídica verdadera. Se trata así de ocultar la verdadera situación jurídica tras la fachada de una situación aparente.
Una noción tan amplia de la simulación rebasa el marco de los actos jurídicos patrimoniales: unas personas que viven en concubinato y se crean la posesión de estado de cónyuges, se entregan a una simulación lato sensu. Pero generalmente se reserva el nombre de simulación para la creación de una apariencia en el ámbito de las obligaciones.
La contraescritura designa el contrato verdadero contrato va contra la escritura de la convención aparente. Pueden presentarse varias situaciones: el acto ficticio; en otros, un acto disfrazado; o también, en un acto que incluya interposición de personas.
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