DECRETO No. 377-97
QUE DISPONE LA CREACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA JUDICIAL, BAJO DEPENDENCIA DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE TRABAJO, PARA BENEFICIO DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES CUYA SITUACIÓN ECONÓMICA NO LES PERMITA EJERCER SUS DERECHOS COMO DEMANDANTES O DEMANDADOS
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 377-97
CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 427 del Código de Trabajo, el Poder Ejecutivo puede organizar por decreto el servicio de asistencia judicial bajo la dependencia del Departamento de Trabajo de la Secretaría de Estado de Trabajo, en beneficio de empleadores y trabajadores cuya situación económica no les permita ejercer sus derechos como demandantes o demandados.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se dispone la creación del servicio de asistencia judicial bajo la dependencia del Departamento de Trabajo de la Secretaría de Estado de Trabajo, para beneficio de empleadores y trabajadores cuya situación económica no les permita ejercer sus derechos como demandantes o demandados.
Artículo 2.- Corresponderá al Director General de Trabajo poner en ejecución el presente Decreto y organizar todo lo relacionado con la dependencia que por el mismo se crea.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 135 de la Restauración.
Leonel Fernández