Home » Diccionario Juridico » A PUERTAS CERRADAS

A PUERTAS CERRADAS

Excepcion al principio de publicidad de los debates judiciales o legislativos, conforme a la cual, por voluntad de la ley, del tribunal o de la legislatura, se excluye al publico de la sala de audiencia durante la duracion del debate; si por su naturaleza la discusion publica puede provocar un escandalo o graves consecuencias

Loguearse para ver o descargar este item

Completar campos para enviar su solicitud.

×