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CONDICION POTESTATIVA

Condicion que hace depender el cumplimiento de la convencion, o de un suceso que esta en el poder de una u otra de las partes contratantes hacer que ocurra o impedirlo. Esta condicion se llama simplemente potestativa que es distinta a la puramente potestativa, que depende unicamente de un acto de voluntad de una de las partes, y que anula la obligacion cuando emana del deudor. Y es opuesta a la “condicion casual”, que no depende de la voluntad de las partes.

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