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COPULA CONYUGAL

Acto humano idoneo a la generacion de la prole, a la que esta ordenado el matrimonio y por el que los conyuges se convierten en una sola carne.
La copula conyugal que consuma canonicamente el matrimonio debe ser penetrativa. La copula apositiva, aun cuando de ella se siguiera la generacion, por absorcion del semen depuesto externamente, no consuma el matrimonio. Ademas, es necesaria la inseminacion por parte del varon en la vagina, no necesariamente con el semen testicular, es decir, con el producido por los testiculos y dotado de capacidad fecundativa, sino que basta el liquido producido por otras glandulas, como en los casos de obstruccion de los canales deferentes, de falta de testiculos, etc. La mujer debe ser capaz de recibir en la vagina el miembro viril, al menos en parte, pero de manera que la inseminacion pueda realizarse en ella de modo natural, aun cuando por anomalias fisiologicas no pudiera ser fecundada como en los casos de vagina ocluida, de falta de los organos posvaginales, etc.

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