DIA

normas

Lapso que el Sol emplea en dar aparentemente una vuelta alrededor de la Tie­rra. II Espacio de 24 horas desde una media­noche hasta la medianoche siguiente. En esta acepción se denomina día civil. II Tiempo que dura la luz del sol sobre el horizonte; o sea, desde el amanecer hasta el ocaso. En este sentido se habla de día natural. II Para cada persona, el de su cumpleaños. (v. Edad.) II Ocasión, momento u oportunidad. II Figura­damente y en plural, días equivale a vida. II CIERTO. Entiéndese por tal el que necesa­riamente ha de venir aunque se ignore cuando. II CIVIL. El lapso que transcurre entre dos medias noches consecutivas. II CRÍTICO. El decisivo en algún negocio jurídico; como el vencimiento de un plazo o prescripción, el de la sentencia, etc. II HÁBIL. El útil para actuaciones judiciales. II INHÁBIL. Aquel en el cual suspenden su labor los jueces o tribu­nales, por estar destinado al descanso o a deter­minadas conmemoraciones.

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