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DEPOSITO JUDICIAL

Todo aquel que se efectua por orden o con intervencion del juez. El Codigo Civil al deposito judicial le llama tambien secuestro, y parece reducirlo a solo dos posibilidades: en caso de embargo o en el aseguramiento de bienes litigiosos. En este caso amplia el objeto del deposito a los bienes inmuebles, contra lo dispuesto para el deposito ordinario

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