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EMBARGO

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Impedimento, embarazo, obstáculo. Jurídicamente hablando, agrupa el conjunto de procedimientos destinados a impedir al deudor la libre disposición de algunos de sus bienes. Proviene del verbo latín imbarricare, que parece ser el origen inmediato de la expresión "embargo". Entre los diversos significados del verbo imbarricare se hallan los de "obstaculizar", "embarazar" e "impedir". En algunos textos legales de la Edad Media, en particular en el Código de las Siete Partidas, los términos embargar y embargo son utilizados en ese sentido genérico, al igual que ocurre actualmente, en parte, en el lenguaje ordinario. 2. Retención de bienes ordenada por la autoridad judicial o administrativa a consecuencia de una deuda o de un delíto o falta, para asegurar el pago de aquélla o la responsabilidad que se puede haber contraído en virtud de éstos. || Medida conservatoria que adopta la Autoridad Administrativa que consiste en la ocupación, aprehensión o retención de bienes, hecha por orden de un juez o autoridad competente por razón de deuda o delito, para asegurar la satisfacción de la responsabilidad que haya contraído la persona.

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