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ORGANO

normas

Institución encargada de hacer funcionar determinada categoría de servicios.2. Individuo o grupo de individuos a quienes se consideran que expresan directamente, sin representación, la voluntad de una persona jurídica colectiva. 3. Jurídicamente se emplea como en sentido funcional y no puramente anatómico, por lo que, en los casos de órganos bilaterales, no constituye órgano la parte que conserva cierta autonomía, aun cuando en los demás casos esa autonomía anatómica basta para afirmar que se trata de un órgano, porque no es preciso que desempeñe la totalidad de las funciones. Mientras que miembro es una parte del cuerpo que se inserta en el tronco, consideradas individualmente y no por pares.4. jurídicamente se emplea como en sentido funcional y no puramente anatómico, por lo que, en los casos de órganos bilaterales, no constituye órgano la parte que conserva cierta autonomía, aun cuando en los demás casos esa autonomía anatómica basta para afirmar que se trata de un órgano, porque no es preciso que desempeñe la totalidad de las funciones

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