Contrato por el cual un comerciante afecta su fondo de comercio -excluidas las mercaderías- en garantía de una o varias deudas, y a favor de uno o varios acreedores; difiere de la prenda del derecho común en que no se produce desplazamiento del bien, y confiere a los acreedores así garantizados un derecho de preferencia sobre el precio del fondo de comercio que se determine por el orden cronológico de las inscripciones en el registro respectivo.