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PRENDA AGRARIA

normas

Contrato por el cual un comerciante afecta su fondo de comercio -excluidas las mercaderías- en garantía de una o varias deudas, y a favor de uno o varios acreedores; difiere de la prenda del derecho común en que no se produce desplazamiento del bien, y confiere a los acreedores así garantizados un derecho de preferencia sobre el precio del fondo de comercio que se determine por el orden cronológico de las inscripciones en el registro respectivo.

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