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ANIMUS DERELINQUENDI

normas

Loc. Lat. Voluntad de aban­donar, de dejar. En relación con las cosas, es manera de perder la propiedad, como donación anónima, como entrega al patrimonio de nadie y eventualmente de cualquiera: el de las cosa nullius. De no concurrir esa voluntad, se trata de una pérdida u olvido, de un impedimento de fuerza mayor.

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