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ACTIONIS PRAEIUDICIALIS

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Acciones prejudiciales; acciones que tienen por  finalidad resolver judicialmente ciertas cuestiones de hecho o de derecho, cuya solución puede presentar utilidad al demandante con vistas a un proceso posterior, de donde su nombre de acciones prejudiciales o praeiudicia. N o persiguiéndose con ellas una condena, su fórmula queda reducida a una simple intentio, concebida in rem. De estas acciones, unas se refieren al derecho de familia; otras, a cuestiones del estado civil, y otras a cuestiones patrimoniales; y salvo el praciudicium an aliquis liber sit, procedente del derecho civil, son de origen pretorio, como el praciudicium an ex lege Ciceria praedictum sit, el praciudicium an bona iure venierint, etc. Son acciones meramente declarativas.

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