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CONDICIO CERTAE REI

normas

Acción personal, civil, sancionadora de todo crédito civil que tenga por objeto una cosa cierta o una cantidad de cosas determinadas, además del dinero. Su origen arranca de la lex Calpurnia en el sistema de las legis actionis. En el procedimiento formulario su fórmula carecía de demonstratio, siendo su intentio cierta y la condemnatio incierta, por la razón de tener que estimar el juez el valor de la cosa. A esta condictio se le denomina también condictio traticaria, sin duda por haber sido el trigo el objeto más ordinario del crédito después del dinero, y con tal nombre fue conocida por los juristas bizantinos.

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