DE FACTO

normas

De hecho.   Expr. Lat., que quiere decir "de hecho" (y no de derecho). Se alude a aquella forma de gobierno – por desgracia demasiado frecuente en algunos países en que un grupo de personas o determinada institución, casi siempre militar- se apodera por la fuerza del Poder Público, sustituyendo a los Poderes "de jure" y las autoridades legítimas, es decir, constitucionales, que las encarnan. Como es lógico, el gobierno de facto sólo puede surgir allí donde existe un Estado de derecho, con división de poderes que es precisamente, el que queda desconocido. Puede decirse que el gobierno de facto representa el ejercicio de una dictadura, desde el momento de quien se apodera del Poder Ejecutivo se arroga también las facul­tades legislativas correspon­dientes al Congreso disuelto y, en cierto modo, las judicia­les, aún cuando sólo sea por el sistema de nombrar, man­tener o separar a los funcio­narios judiciales. Con los gobiernos de facto desa­parecen o se limitan las ga­rantías individuales protegi­das por la Constitución, entre ellas la libertad de expresión, de reunión, de asociación política (puesto que se suele disolver los partidos polí­ticos).

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