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IUS AD BELLUM

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Es el término utilizado para referirse a la rama del derecho que define las legítimas razones que un Estado tiene para entrar en guerra y se enfonca en ciertos criterio para hacer la guerra justa. El término, de apariencia antigua por su sacralidad latina, fue acuañado durante la vigencia de la Sociedad de Naciones y su uso sólo tomó auge después de la II Guerra Mundial, especialmente a finales de la década de los cuarenta del siglo XX. El principal recurso legal del Ius ad bellum deriva de  la Carta de las Naciones Unidas, el cual declara en su Art. No. 2 (4) " Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas." y en el Art. 51 señala que "Ninguna disposición de esta Carta menoscabará el derecho inmanente de legítima defensa, individual o colectiva, en caso de ataque armado contra un Miembro de las Naciones Unidas…"

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