SENATUS

normas

Senado; asamblea o cuerpo consultivo, uno de los pilares fundamentales de la constitución política romana que subsiste desde la monarquía hasta el imperio, si bien a lo largo de su evolución varíe en su composición, atribuciones y competencia. Bajo la monarquía esta integrado por los jefes de las gens y ex magistrados, en número de cien, elevado posteriormente hasta trescientos, designados por el rey, con competencia reducida, limitada al asesoramiento del monarca y al ejercicio de la auctoritas patrum y del interregnum. Bajo la república adquiere mayor importancia, sus miembros son elegidos entre ex magistrados por los cónsules y posteriormente por los censores, y su competencia aumenta interviniendo en la administración interior, financiera, militar y llevando la dirección de la política exterior, comenzándose una tendencia a usurpar los poderes que hasta entonces correspondían a los comicios. Durante el principado continúa siendo un órgano consultivo que a la vez interviene en la administración y gobierno del imperio; sus componentes son designados por el príncipe entre los miembros de las clases elevadas, aumenta su competencia en materia electoral y legislativa, por los Senatus consulta, pero paulatinamente va cediendo facultades en manos del príncipe, proceso que finaliza hacia el siglo III d. C. En la época del imSemper specialia generalibus insuntSenatus 111 perio absoluto ha perdido el Senado todo su antiguo carácter y queda reducido a una asamblea municipal, que como consecuencia de la división del imperio tiene una doble sede, pues existe al lado del Senado de Roma otro establecido en Constantinopla. 

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