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Resoluciones / Suprema Corte / Compentencia Camara Civil Sto. Dgo.  Descargar  atras Buscar

DRLEYES
 Dios, Patria y Libertad República Dominicana
Resolución No. 1362-2003
 
 En Nombre de la República, la Suprema Corte de Justicia, regularmente constituida por los jueces Jorge A. Subero Isa, Presidente, Eglys Margarita Esmurdoc, Segundo Sustituto de Presidente; Hugo Alvarez Valencia, Juan Luperón Vásquez, Margarita A. Tavares, Julio Ibarra Ríos, Enilda Reyes Pérez, Dulce María Rodríguez de Goris, Julio Aníbal Suárez, Víctor José Castellanos Estrella, Ana Rosa Bergés Dreyfous, Darío O. Fernández Espinal, Pedro Romero Confesor y José E. Hernández Machado, asistidos de la Secretaria General, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, hoy 31 de julio de 2003, años 160° de la Independencia y 140° de la Restauración, dicta en Cámara de Consejo, la siguiente Resolución:
Visto el artículo 67 de la Constitución de la República;
Visto el artículo 29, ordinal 2, de la Ley de Organización Judicial, del 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones; 
Vista la Ley No. 25-91, del 15 de octubre de 1991, Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, modificada por la Ley No. 156-97, del 10 de julio de 1997;
Vista la Ley No. 327-98, del 11 de agosto de 1998, sobre la Carrera Judicial; 
Vista la Ley No. 50-00, del 21 de julio del año 2000;
Vista la Ley No. 163-01, del 16 de octubre del 2001, que crea la Provincia de Santo Domingo, y sus municipios;
Vista la Ley No. 141-02, del 4 de septiembre del 2002, que crea entre otros los tribunales civiles, comerciales y de trabajo, de la Provincia de Santo Domingo; Vista el Acta No. 30/03 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de fecha 17 de julio del 2003, en la cual consta la reasignación de las denominaciones de los Juzgados de Paz que resultaron afectados con la creación de la Provincia de Santo Domingo, y que designa y ubica las salas correspondientes a la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de dicha provincia;
Atendido: a que algunos de los juzgados de paz pertenecientes a la nueva Provincia de Santo Domingo, cuya jurisdicción territorial correspondía anteriormente al Distrito Nacional, han experimentado modificaciones en el ámbito de su competencia territorial, al tenor de las Leyes Nos. 163-01 y 141-02 antes indicadas; Atendido: a que en la referida designación y ubicación de las tres salas civiles y comerciales del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, eventualmente competentes para dirimir en grado de apelación los asuntos civiles y comerciales, y de materias afines, que sean fallados por esos juzgados de paz, no fue distribuida la competencia territorial específica de dichas salas respecto de las jurisdicciones conferidas por la ley a los cinco juzgados de paz de que se trata; Atendido: a que, en tales circunstancias, procede establecer de manera expresa los limites territoriales de las tres salas civiles y comerciales, tomando como referencia las circunscripciones fijadas por la ley a los Juzgados de Paz de la Provincia de Santo Domingo;
 
 Por tales motivos, la Suprema Corte de Justicia, en uso de sus facultades legales,
 
RESUELVE
 Primero: Disponer que las jurisdicciones territoriales de las salas en que está dividida la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, competentes para juzgar asuntos civiles y comerciales, se distribuyan de la manera siguiente:   a) La Primera Sala, ubicada en el municipio de Santo Domingo Este, tendrá la competencia territorial fijada a los Juzgados de Paz de la Primera y de la Segunda Circunscripciones del Municipio de Santo Domingo Este y la del Municipio de Boca Chica;   b) La Segunda Sala, ubicada en el municipio de Santo Domingo Norte, tendrá la competencia territorial correspondiente al Juzgado de Paz del Municipio de Santo Domingo Norte;   c) La Tercera Sala, ubicada en el municipio de Santo Domingo Oeste, tendrá la competencia territorial atribuida al Juzgado de Paz del Municipio de Santo Domingo Oeste;
 
Párrafo: Las demarcaciones territoriales de los Juzgados de Paz incursos en esta resolución son las que fijan las Leyes Nos. 163-01 del 16 de octubre del 2001, que crea la Provincia de Santo Domingo, y 141-02 del 4 de septiembre del 2002, que establece los tribunales judiciales de dicha provincia;
 
 
 Segundo: Ordenar que la presente resolución sea formalmente comunicada a los Jueces Presidentes de las Cámaras Civiles y Comerciales de la Corte de Apelación y del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, y a los jueces de los Juzgados de Paz involucrados en esta disposición, y publicada en el Boletín Judicial.
 
 Jorge A. Subero Isa Eglys Margarita Esmurdoc Hugo Alvarez Valencia Juan Luperón Vásquez Margarita A. Tavares, Julio Ibarra Ríos Enilda Reyes Pérez Dulce María Rodríguez de Goris Julio Aníbal Suárez Víctor José Castellanos Estrella Ana Rosa Bergés Dreyfous Darío O. Fernández Espinal Pedro Romero Confesor José E. Hernández Machado Grimilda Acosta Secretaria General
 
 La presente sentencia ha sido dada y firmada por los jueces que figuran en su encabezamiento, en la audiencia pública del día, mes y año en él expresados, y fue firmada, leída y publicada por mí, Secretaria General, que certifico. A. A. F.
 
 
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