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Arts. 1 al 1 | Principios Generales

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NUEVO CODIGO DEL MENOR DE LA REPUBLICA DOMINICANA
PRINCIPIOS GENERALES
TITULO I
PRINCIPIO I
 
OBJETO DEL CÓDIGO. El presente Código tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos fundamentales. Para tales fines, este Código define y establece la protección integral de estos derechos regulando el papel y la relación del Estado, la sociedad, las familias y los individuos con los sujetos desde su nacimiento hasta cumplir los 18 años de edad.
PRINCIPIO II
DEFINICIÓN DE NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE. Se considera niño o niña a toda persona desde su nacimiento hasta los doce años, inclusive; y adolescente, a toda persona desde los trece años hasta alcanzar la mayoría de edad.
PRINCIPIO III
PRESUNCIÓN DE MINORIDAD. Si existieren dudas acerca de si una persona es niño, niña o adolescente, se le presumirá niño, niña o adolescente, hasta prueba en contrario, en los términos que establece este Código.
PRINCIPIO IV
PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN. Las disposiciones de este Código se aplican por igual a todos los niños, niñas y adolescentes, sin discriminación alguna fundada en motivos de raza, color, sexo, edad, idiomas, pensamiento, conciencia, religión, creencias, cultura, opinión política o de otra índole, posición económica, origen social, étnico o nacional, discapacidad, enfermedad, nacimiento, en situación de riesgo o cualquier otra condición del niño, niña o adolescentes, de sus padres, representantes o responsables o de sus familiares.
PRINCIPIO V
INTERÉS SUPERIOR DE NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE. El principio del interés superior del niño, niña o adolescente debe tomarse en cuenta siempre en la interpretación y aplicación de este Código y es de obligatorio cumplimiento en todas las decisiones que les sean concernientes. Busca contribuir con su desarrollo integral y asegurar el disfrute pleno y efectivo de sus derechos fundamentales.
Para determinar el interés superior del niño, niña y adolescente, en una situación concreta, se debe apreciar:
a)    La opinión del niño, niña y adolescente;

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