Publicado en Alquiler y Arrendamientos

CONTRATO A PISO Y CUIDO
(ART. 1831, DEL C. C.)
ENTRE, de una parte, <___> de estado civil <___>, titular de la cédula de identidad y electoral No. <___>, domiciliado y residente en <___> de esta ciudad de <___>, a quien en lo sucesivo de este contrato se llamará por su nombre completo o como LA PRIMERA PARTE y, de la otra parte, <___>, de nacionalidad <___>, de profesión y oficio<___>< de estado civil <___>titular de la cédula de identidad y electoral No. <___>, domiciliado y residente en <___>< de esta ciudad de <___>, a quien en lo sucesivo de este contrato se llamará por su nombre completo o como LA SEGUNDA PARTE.
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
ARTICULO PRIMERO: LA PRIMERA PARTE entrega a LA SEGUNDA PARTE, quien acepta, la cantidad de <___> (<___>) Vacas a título de piso y cuido.
ARTICULO SEGUNDO: LA PRIMERA PARTE conserva la propiedad de las mencionadas vacas.
ARTICULO TERCERO: LA SEGUNDA PARTE se compromete a prestar para la conservación del ganado, los cuidados de un buen padre de familia.
ARTICULO CUARTO: El beneficiario de los becerros que nazcan se repartirá por mitad entre LAS PARTES.
ARTICULO QUINTO: LA SEGUNDA PARTE no podrá disponer de ninguno de los animales ni de sus crías y del rebaño, sin el consentimiento por escrito de LA PRIMERA PARTE, al cual no podrá tampoco disponer de los mismos, sin el consentimiento de LA SEGUNDA PARTE.
ARTICULO SEXTO: Si por la falta o la negligencia de LA SEGUNDA PARTE, uno o varios delos animales perecen o se pierden, LA SEGUNDA PARTE estará obligada a reemplazarlos por su cuenta; pero si la pérdida se debe a un caso fortuito y sin la falta de LA SEGUNDA PARTE, sólo tendrá la obligación de informárselo a LA PRIMERA PARTE.
ARTICULO SÉPTIMO: LA SEGUNDA PARTE se beneficiará de la leche, del estiércol y del trabajo de los animales.
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CONTRATO DE SUB-ALQUILER DE LOCAL Y COMERCIO AUTORIZADO POR EL PROPIETARIO
ENTRE: De una parte, <___>de nacionalidad <___>, mayor de edad, de profesión u oficio <___>, titular de la cédula de identidad y electoral No. <___>, domiciliado (a) y residente en el número <___> (<___>) de la calle<___>, del sector de <___> de esta ciudad quien en el presente contrato se denominará EL (LA) PROPIETARIO(A); y de la otra parte, <___>de nacionalidad <___>, mayor de edad, de profesión u oficio <___>, titular de la cédula de identidad y electoral No. <___>, domiciliado(a) y residente en el número <___> ( ) de la calle<___>, del sector de <___> de esta ciudad quien en lo que sigue en el presente contrato se denominará EL (LA) INQUILINO(A).
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE
PRIMERO: EL (LA) PROPIETARIO(A), por medio del presente contrato, entrega a EL(LA) INQUILINO(A), el local comercial denominado <___>, que se encuentra en el edificio marcado con el No. <___>de la calle <___>, del Sector de <___>, de la ciudad de <___>, de su propiedad, y el local propiedad de <___>, quien ha aceptado el presente contrato de alquiler.
SEGUNDO: EL (LA) PROPIETARIO(A), por medio del presente contrato, entrega a EL(LA) INQUILINO(A), todas las mercancías, provisiones, efectos electrodomésticos y equipos que se encuentran el comercio objeto del presente contrato, quien acepta, los cuales se detallan en el inventario que se a realizado a tales fines, el cual se anexa al presente contrato, para que forme parte íntegra del mismo.
TERCERO: EL(LA) INQUILINO(A) ha examinado y encontrado el comercio objeto del presente contrato en buen estado y a su entera satisfacción, reconociendo haber recibido todas las mercancías, provisiones, equipos y electrodomésticos señalados en el inventario levantado a tales fines, y se compromete a cuidarlo y entregarlo íntegramente, tal y como lo recibe, al momento de la llegada del termino del presente contrato. EL(LA) INQUILINO(A), se compromete y obliga, mediante el presente contrato; a mantener los equipos y electrodomésticos en perfecto estado de funcionamiento, y cualquier reparación será a su sólo costo; así como a mantener la existencia de las mercancías y provisiones del comercio, pudiendo elevarlas pero nunca dejar que disminuyan.
CUARTO: Si a la llegada del termino del presente contrato, sea por la causa que fuere, existieren deudas de las provisiones y mercancías, así como deba realizarse la reparación de equipos, EL(LA) INQUILINO(A) se convertirá en deudor de EL (LA) PROPIETARIO(A) por el valor resultante del pago y de las reparaciones o restituciones de que se trate; pudiendo EL (LA) PROPIETARIO(A) perseguir por cualquier vía de derecho el pago de dicha suma.
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