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DELITO POLITICO

Concepto juridico que posee una doble vertiente, pues en el se aunan aquellos delitos dirigidos contra la organizacion y funcionamiento del Estado o contra los derechos que de esta organizacion o Estado provienen para los ciudadanos (criterio objetivo) y en segundo lugar, designan todos los delitos que, aun siendo de Derecho comun, estan determinados por unas intenciones politicas concretas (criterio subjetivo). En este punto es necesario matizar las dos categorias señaladas pues: 1) no resulta indiferente al concepto de delito politico cual sea el tipo de Estado cuya organizacion y funcionamiento se pretende atacar (Estado totalitario o democratico por ejemplo y de forma muy destacada el respeto que conceda a los derechos humanos), por lo que en muchas ocasiones la tipificacion de delito politico resulta una autentica decision politica, y 2) los moviles politicos ultimos suelen ser irrelevantes si se comete por ello un delito comun (un asesinato con el que se pretende en realidad luchar contra el regimen politico establecido no deja de ser por ello un asesinato). Hay algunos autores que prefieren utilizar el termino delito social o delito politico social, por la trascendencia de la llamada ‘cuestion social’ en esta clase de delitos. Asi, serian delitos sociales todos los dirigidos a socavar el regimen economico y social existente. El delito social incluiria por tanto todos aquellos que se producen en el contexto de la lucha de clases.
El delito politico se diferencia del comun en que, mientras en este, previa peticion de otro Estado se concede la extradicion y se deniega el asilo, en el politico se rechaza la extradicion y se concede el asilo. En orden a la extradicion y asilo es necesario señalar que el concepto de delito politico ha ido sufriendo una restriccion progresiva, hasta el punto que empieza a parecer una categoria sin contenido. Asi, no se consideran delitos politicos los actos de terrorismo, los crimenes contra la humanidad y los de genocidio, el atentado contra la vida del jefe del Estado o un miembro de su familia (la llamada clausula belga), el apoderamiento ilicito de aeronaves, los atentados contra el personal diplomatico, el secuestro, la toma de rehenes y la detencion ilegal, asi como todos los delitos cometidos con el uso de armas. Por este conjunto de exclusiones el delito politico hoy se configura en la practica como delito de opinion.

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