Home » Leyes » Derecho Estatal y Municipal » 23-98 | Suplente de Sindico

23-98 | Suplente de Sindico

 Ley No. 23-98   que establece que el suplente a sindico ejercerá las funciones de vice-sindico con carácter permanente, y será electo en la misma forma y por el mismo período que síndico titular.  

Loguearse para ver o descargar este item

Completar campos para enviar su solicitud.

×