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2-04 | Recargo Transitorio bienes Importados

 Ley No. 2-04  que establece un recargo transitorio del 2% sobre todos los bienes importados a la Republica Dominica, y una tasa o contribución de salida de US$20.00 o su equivalente en pesos dominicanos, a todas las personas que salgan del país por cualquier sitio habilitado para estos fines.  

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