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CONSANGUINIDAD

Vinculo de las personas que descienden de un mismo tronco, contraido por union carnal legal o ilicita. La consanguinidad puede ser legitima o natural segun se produzca o no por legitimo matrimonio. Sus efectos pueden reducirse a dos categorias: la concerniente a los impedimentos para contraer matrimonio entre si los consanguineos, y la referente a la calificacion de ciertos delitos, como en el parricidio, a la agravacion de los delitos contra las personas cometidos por consanguineos, y a la exencion o atenuacion de responsabilidad penal, como en algunos delitos contra la propiedad, y en el encubrimiento.

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