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FRAUDE EN MATERIA DE TIERRAS

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Se entiende por fraude el acto cumplido intencionalmente, con la finalidad de herir los derechos o intereses ajenos; ejemplos: ocultación o malversación; mala fe, fraude del deudor contra sus acreedores. El fraude es un elemento constitutivo del robo. El artículo 239 de la Ley de Registro de Tierras castiga la infracción cometida por una persona que deposite para fines de una reclamación un documento que una vez hecha la investigación del Tribunal resultare falso o fraudulento, siempre que se determine, claro está, que dicha persona actuó a sabiendas de la falsedad. Este delito tiene mucha semejanza con el delito que es sancionado por el código penal relativo al caso de documentos falsos.

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