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FUERZA

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La inclusión de esta voz en un Diccionario jurídico constituye a la vez una necesidad y un contrasentido. Esto, por cuanto fuerza se contrapone a derecho; ya que recurre a ella quien no cuenta con éste, o quien no quiere usar de su derecho como en derecho procede. Pero, en otro aspecto, la fuerza es el amparo supremo del Derecho, como expresión material del poder coactivo que éste entrarla para imponerse cuando vo­luntariamente no se acepta su imperio pací­fico.
En las principales acepciones la voz fuer­za, para reñimos a la sistemática de la obra, significa vigor, energía, robustez. II Violencia. II Eficacia. virtud de las cosas. II Dominio ma­terial de otro. II Violación de una mujer. II Todo atropello y acto opuesto a razón y de­recho. II Agravio que el juez o tribunal ecle­riástico infiere a una parte al conocer sin com­petencia de una causa, al tramitarla sin suje­ción a forma legal o al negarle la apelación pertinente. II DE LEY. Expresión empleada en diversos textos legales para establecer la inelu­dible obligatoriedad de algunas disposiciones que no provienen directamente de la ley. ll ELÉCTRICA. Y. Eléctrico. II EXTRAÑA. Cuan­do el que no es parte directa en una relación jurídica obliga a la misma valiéndose de inti­midación o violencia, el acto o contrato es nu­lo, en los mismos términos que si hubiere pro­cedido dolosamente una de las partes. II IRRE­SISTIBLE. Vicio del consentimiento cuando sobre el sujeto se ejerce violencia física que no puede superar por sus condiciones per­sonales ante el caso concreto. II MAYOR. Todo acontecimiento que no ha podido pre­verse o que, previsto, no ha podido resistir­se. II PUBLICA. Conjunto de agentes de la autoridad, armados, y generalmente uniforma­dos, que bajo la dependencia del poder público tienen por objeto mantener el orden interno.

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