IMPERIUM

normas

|| Palabra latina, que significa una prerrogativa del juez distinta de la ‘jurisdictio" y cuyo carácter es más administrativo que jurisdiccional, denota el poder de dar órdenes a los litigantes y a los terceros, de conceder autorizaciones, adoptar medidas de instrucción, y organizar el servicio del tribunal y de las audiencias, etc., se refiere a todo lo que no sea apreciación del derecho de las partes (acto de razonamiento); designa las distintas manifestaciones del poder de mando de que se hace depositario al juez (acto de autoridad).

|| El Derecho Romano reconoció, ciertos poderes a las personas para poder administrar la sociedad Romana. Se distinguieron en Roma tres poderes: el Imperium, la Potestad y la Auctoritas. El Imperium era el poder o facultad suprema de mando correspondiente a los más altos magistrados. En virtud de este poder de mando el magistrado tenía sobre las ciudades Romanas la facultad de exigir obediencia a sus ordenes y de adoptar las medidas necesarias para hacerlas cumplir. Inicialmente este poder correspondió al rey durante el periodo de la monarquía. Después durante la República, a los magistrados superiores del pueblo romano (Cónsules, erectores, dictador, etc. ) y en la época del imperio, al emperador.

|| Imperio, mandato, poder supremo. Poder o facultad suprema de mando correspondiente a los magistrados superiores. En su virtud, la supremacía del Estado se personifica en el magistrado, y éste tiene sobre los ciudadanos la facultad de exigir obediencia a sus órdenes y de adoptar las medidas oportunas para hacerlas cumplir; inicialmente tal facultad, o imperium, correspondía al rey; después, durante la república, a los magistrados superiores del pueblo romano (consules, praetores, dictator, tribuni militum consulari potestate, etc), y desde el principado, al príncipe. Bajo tal potestad de mando se agrupan el imperium militiar, la potestad de reclutar tropas, el ius agendi cum populo, la coercitio, el imperium mixtum, etc. La manifestación externa del imperium del magistrado es su acompañamiento por los lictores, que llevan un haz de varas, fasces, con la segur, símbolo o instrumento de castigo.

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