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OBLIGACION

normas

Vínculo de derecho mediante los cuales las personas se comprometen entre ellas para dar, hacer o no hacer algo. Sus elementos son:
a) elementos personales (un acreedor y un deudor, por lo menos); 
b) elementos reales (dar, hacer o no hacer alguna cosa), y
c) elementos formales (la causa eficiente de la obligación en sí).
La obligación parece surgir desde el momento en que se acepta que el cumplimiento cabal de los actos jurídicos no se agota completa y definitivamente en un solo instante, sino que se proyecta al futuro, exigiendo de las partes intervinientes en dichos actos jurídicos un compromiso a largo plazo, posiblemente objeto de contrato. En Oriente, el Código de Manú establecía (aparte de otros recursos amistosos, coactivos o judiciales) un procedimiento de cobro reputado muy eficaz: el acreedor se colocaba en la puerta del domicilio de su deudor, y no le dejaba salir de allí, hasta el extremo de causarle la muerte por inanición si no cumplía con sus obligaciones. En Roma no hay dudas de lo estricto que resultaba el cumplimiento de la obligación: el acreedor hacía uso de la manus injectio, un procedimiento en virtud del cual tomaba al deudor moroso y lo reducía a la esclavitud, sin excluir la posibilidad de que varios acreedores mataran al deudor y se repartieran el cadáver. Esta situación cambió con la Lex Poetelia (326 a.C.), que permitía al deudor librarse del encadenamiento por el acreedor, y que hacía recaer sobre sus bienes, y no sobre la persona del deudor, la ejecución de las obligaciones incumplidas.

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