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PRIVILEGIO

normas

Situación jurídica preferencial respecto de la ley ordinaria o común conferida por gracia o prerrogativa del superior o por la ley misma, a algunas personas o categorías de personas. La palabra viene del latín priva lex, ley privada. Es una institución que ha de ser interpretada en forma sumamente estricta y restringida. Esto significa que, siendo solamente la ley la que puede crear el privilegio, ni el juez, ni el intérprete están autorizados a establecer otros privilegios, por vía de analogía, sean cuales fueren las circunstancias de semejanza o identidad que pudieran existir entre una situación no prevista y un privilegio por vía de analogía, por más que la equidad y la justicia así lo aconsejen, pues es preferible una solución injusta al desorden jurídico que significaría el quebrantamiento de la institución y del sistema legal que la reglamenta"

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