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AUCTORITAS

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Literalmente, el vocablo auctoritas significa autoridad. En Roma la auctoritas era un poder, socialmente reconocido, a una persona para autorizar o dar su consentimiento a un acto. Cuando la persona titular de auctoritas daba su consentimiento a un acto, lo autorizaba, es decir, le daba fuerza jurídica y obligatoriedad.  || En Derecho romano se entiende por auctoritas una cierta legitimación socialmente reconocida, que procede de un saber y que se otorga a una serie de ciudadanos. Ostenta la auctoritas aquella personalidad o institución, que tiene capacidad moral para emitir una opinión cualificada sobre una decisión. Si bien dicha decisión no es vinculante legalmente, ni puede ser impuesta, tiene un valor de índole moral muy fuerte. El término es en realidad intraducible, y la palabra castellana "autoridad" apenas es una sombra del verdadero significado de la palabra latina. || El concepto se contrapone al de potestas o poder socialmente reconocido. || La fuente de auctoritas fue principalmente el Senado romano, si bien una serie de personalidades importantes también la tenían cuando no ocupaban cargos de magistraturas con potestas. Pero durante el Bajo Imperio la auctoritas derivaba directamente del propio emperador.

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