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PROCEDIMIENTO PER FORMULAM

normas

|| En forma paralela al procedimiento de las legis actiones se gesta desde el siglo tercero a. C. este nuevo proceso, motivado por las urgencias del tráfico jurídico y comercial de la civilización romana en continua expansión.

|| El procedimiento formulario, forma de procedimiento ordinario civil romano, instaurado por la lex Aebutia y la lex Iulia iudiciorum privatorum, y que permaneció en vigor desde mediadios del siglo II a. C. hasta el s. III d. C., en que fue sustituido por el procedimiento extraordinario. En él es característica la división del proceso en dos fases: in iure y apud iudice, desarrollándose aquélla ante el pretor o magistrado y ésta ante el juez particular, iudex, arbiter o recuperatores. Su nombre lo toma de la fórmula o escrito en que se concretan las pretensiones de las partes, y que es remitido al juez particular para que decida sobre los extremos que en ella se encierran. Frente al anterior procedimiento de las legis actiones se presenta como desprovisto de formalidades exageradas.

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