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RES CORPORALES

normas

Loc Lat. Cosas corporales. Las que tienen existencia material son perceptibles por lo: sentidos; las que se ven, SE tocan o huelen. Los romano: as referían a las que eran objeto del derecho dE propiedad. Dada la amplitud en las facultades dominicales al poder obtener de ella: utilidades y disponer a st antojo, el derecho se entendí fue formaba parte también de  la cosa.

 

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