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Doctrina Libertad Condicional

LIBERTAD CONDICIONAL
 
CONCEPTO Y GENERALIDADES
 
La libertad condicional es el mecanismo procesal, que previo el cumplimiento de las formalidades y requisitos acordados por la Ley No. 164, Sobre Libertad Condicional, permite a una persona que habiendo sido condenada a una pena privativa de libertad mayor de un año, y que previamente haya cumplido por lo menos la mitad de la condena, pueda obtener su libertad, antes del cumplimiento de la pena.
 
El artículo 1 de la Ley 164 de 1980 define la libertad condicional de la manera siguiente: Se establece la libertad condicional como un medio de prueba de que el recluso condenado a una pena privativa de libertad, y a quien se le concede dicho beneficio, se encuentra rehabilitado y apto para vivir en sociedad. La libertad condicional no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que constituye un modo especial de hacerla cumplir por el condenado.
 
También se le considera como el beneficio penitenciario concedido a un recluso que ha cumplido una parte de su condena en prisión. Quien se encuentre cumpliendo el último periodo de la condena, y al tiempo de haber observado buena conducta ofrezca además garantías de llevar una vida honrada, es quien con más frecuencia se beneficia de esta medida legal.
 
Como la pena no se extingue, el período sujeto a condicionalidad dura lo que a dicho condenado le reste por cumplir de la pena. Está reglamentado que si durante ese plazo vuelve a delinquir, regresará a prisión hasta finalizar dicha condena.
 
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