
EL EMBARGO RETENTIVO
El embargo retentivo es "el procedimiento mediante el cual un acreedor intercepta sumas de dinero o cosas mobiliarias debidas a su deudor por una tercera persona, y se hace pagar sobre el valor de los bienes embargados". (PEREZ MENDEZ, Artagnan. Procedimiento Civil, Tomo III, p.142.).
Suele definirse también como el procedimiento ejecutorio mediante el cual "un acreedor prohíbe al deudor de su deudor liberarse en manos de este último, y solicita de la justicia que ordene le sean atribuidos el dinero o el valor de los objetos mobiliarios venidos a ser indisponibles en manos del deudor de su deudor". (TAVAREZ, Froilán. Elementos de Der. Proc. Civil Dominicano. P.208).
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PRIVILEGIO SOBRE LOS INMUEBLES
(Artículos 2092 y siguientes/Código Civil)
Todo el que está obligado personalmente queda sujeto a cumplir su compromiso con todos sus bienes muebles e inmuebles, tanto presentes como futuros. Podemos colegir en toda deuda tres elementos, necesarios para su existencia: 1-Acreedor; 2-Deudor, y 3-Obligación o deuda…nexo que une al acreedor con su deudor y viceversa. Deudor es toda persona que tiene una obligación pendiente. Acreedor es el propietario de la obligación. Hay varios tipos de acreedores y por vía de correspondencia de deudores, estos son:
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