EDICTUM

normas

Edicto o cláusula edictal. En sentido amplio, la comunicación dirigida por un futuro magistrado antes de ocupar su cargo (cónsul, censor urbano, pretor peregrino, edil, curul, gobernador provincial, cuestor) dando a conocer las directrices que va a seguir en la administración de la justicia o gobernación; en un principio realizado oralmente y con posterioridad por escrito en tablas especiales denominadas album. Igualmente se denomina la notificación posterior del magistrado aclarando o ampliando su edicto. En sentido más estricto, cada una de las cláusulas del edicto de un magistrado judicial en las que se establecen las condiciones de las formulas y demás medidas pretorias.

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