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Solicitud de Auto Entrega de Bienes

INSTANCIA EN SOLICITUD DE AUTO  OTORGAMIENTO DE PLAZO DE ENTREGA DE BIENES
 
 
AL: Honorable Juez de Paz de <___>
 
ASUNTO    : Solicitud de AUTO mediante el cual se le otorgue a <___> un PLAZO DE DOS(2) DÍAS para que entregue a <___> los bienes dados en garantía en contrato de préstamo con garantía de PRENDA SIN DESAPODERAMIENTO.
 
ANEXO      : 1.-    Copia del contrato de préstamo fechado <___> del mes de <___> del año <___> intervenido entre <___> y <___>
 
 2.-    Copia del Acto No. <___> de fecha <___> del mes de <___> del año <___> instrumentado por el Ministerial <___> contentivo de MANDAMIENTO DE PAGO a fines de ejecución del contrato de préstamo indicado más arriba.
 
 
HONORABLE MAGISTRADO:
 
Quien suscribe, <___>, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la cédula de identidad personal y electoral No.<___>, con estudio profesional abierto en la calle <___>, del sector <___>, de esta ciudad de <___>, quien actúa a nombre y representación del señor <___>, de nacionalidad<___>, mayor de edad, de ocupación <___>, portador de la cédula de identidad personal y electoral No.<___>, con domicilio en la calle <___>, del sector <___>, de esta ciudad de <___>, quien hace elección de domicilio en la oficina de su Abogado Apoderado, tiene a bien exponeros y solicitaros lo siguiente:
 
ATENDIDO: A que en fecha <___> del mes de <___> del año <___> mi representado otorgó a <___>un préstamo con garantía de prenda sin desapoderamiento.
 
ATENDIDO: A que <___> no ha cumplido con sus obligaciones de pago asumidas en el contrato antes indicado.
 
ATENDIDO: A que en virtud de dicho incumplimiento, mi representado notificó a <___> un MANDAMIENTO DE PAGO a fines de ejecutar el contrato de préstamo antes indicado.
 
ATENDIDO: A que el Artículo 214 de la Ley No. 6186, 12 de Febrero del año 1963, modificada por la Ley No. 699 del 1965, faculta al tenedor del contrato a requerir del Juez de Paz de la jurisdicción en que se hubiese inscrito la operación, LA VENTA de los bienes dados en garantía, para lo cual deberá anexarse dicho contrato a la instancia.
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